Impuesto global complementario: qué es, tabla y cálculo

impuesto global complementario

El impuesto global complementario es el tributo anual, personal y progresivo que pagan las personas naturales con domicilio o residencia en Chile sobre el total de sus rentas del año.

Somos una empresa de contabilidad en Chile. En Los Contadores SpA hemos visto cómo abril sorprende a muchos dueños de empresa con una deuda tributaria que no proyectaron.

El impuesto único que retiene tu empleador cada mes cubre solo tu sueldo. Cuando hay más fuentes de renta, la diferencia se paga en la Operación Renta de abril.

En esta guía encontrarás qué es este impuesto, cómo se lee la tabla por tramos y cómo calcular tu carga antes de que llegue abril.

¿Qué es el impuesto global complementario y quién debe pagarlo?

El impuesto global complementario es un tributo anual regulado en el art. 52 del DL 824 (Ley sobre Impuesto a la Renta). Grava la renta total de las personas naturales con domicilio o residencia en Chile.

Suma todas las fuentes de ingreso en un cálculo progresivo por tramos. Quienes reciben rentas de más de una fuente deben calcularlo cada año.

Deben pagarlo quienes cuya renta total supera el tramo exento de 13,5 UTA anuales. También aplica a dueños de empresas que retiran utilidades, profesionales con honorarios y trabajadores con más de un empleador.

Se declara una vez al año en la Operación Renta de abril mediante el Formulario 22. La diferencia clave con el impuesto único de segunda categoría es que este consolida todas las rentas del año en una sola base imponible.

¿Qué rentas se incluyen en la base del impuesto global complementario?

El art. 54 del DL 824 define la renta bruta global como la suma de todas las cantidades percibidas o devengadas durante el año según el régimen tributario del contribuyente.

Todo lo que recibiste en el año entra en la base del impuesto global complementario.

Rentas del trabajo dependiente e independiente

Aquí entran los sueldos, pensiones y jubilaciones percibidos durante el año. También los honorarios de boletas de servicios de terceros.

La retención del 13,75% (AT 2025) sobre honorarios es solo un anticipo, no el impuesto final.

Las pensiones se suman igual que un sueldo. Si como pensionado recibes además un arriendo o dividendos, tu base puede superar el tramo exento y generar impuesto a pagar.

Dividendos, retiros y otras rentas del capital

Los retiros de empresas acogidas al régimen 14A y los del régimen 14D Pyme transparente se suman a la base del socio.

En el régimen transparente, la renta se asigna directamente a los dueños aunque no haya retiro efectivo.

También se incluyen dividendos de sociedades anónimas, rentas de arrendamiento, intereses y ganancias de capital. Si eres socio de una sociedad de profesionales, revisa nuestra guía sobre sociedad de profesionales.

¿Cómo se lee la tabla del impuesto global complementario?

La tabla se expresa en Unidades Tributarias Anuales (UTA), donde 1 UTA equivale a 12 UTM. El SII la actualiza cada año según la variación de la UTM.

Con una UTM de referencia de $68.306 (diciembre 2024), la UTA equivale a $819.672. Eso sitúa el mínimo exento en aproximadamente $11.065.572 anuales.

¿Cómo se leen los tramos en UTA?

Cada fila de la tabla tiene cuatro columnas: renta desde, renta hasta, factor (tasa marginal) y cantidad a rebajar.

La tasa no se aplica a toda la renta, solo al tramo que la supera. La cantidad a rebajar corrige el efecto acumulado de los tramos inferiores.

La tabla vigente AT 2025, según el art. 52 del DL 824 tras la Ley 21.210 de 2020, mantiene la tasa máxima en 40% para rentas sobre 310 UTA anuales:

Renta imponible (UTA) Tasa marginal Cantidad a rebajar (UTA)
Hasta 13,5 UTA Exento —
Más de 13,5 hasta 30 UTA 4% 0,54
Más de 30 hasta 50 UTA 8% 1,74
Más de 50 hasta 70 UTA 13,5% 4,49
Más de 70 hasta 90 UTA 23% 11,14
Más de 90 hasta 120 UTA 30,4% 17,80
Más de 120 hasta 150 UTA 35% 23,32
Más de 150 hasta 310 UTA 40% 30,82
Más de 310 UTA 40% 30,82

El error más frecuente que vemos en Los Contadores SpA es creer que la tasa del tramo se aplica sobre el total de la renta.

No es así: cada tramo tributa solo por lo que excede el límite inferior. Entender esa lógica evita proyecciones equivocadas.

¿Cómo se calcula el global complementario paso a paso?

El cálculo tiene una lógica de cuatro pasos: determinar la renta bruta global, aplicar deducciones, usar la tabla y restar los créditos.

El resultado final es el impuesto a pagar o la devolución a favor.

Paso 1: determina tu renta bruta global

Suma todas las rentas del año: sueldos informados en el certificado del empleador, honorarios percibidos, retiros o dividendos, arriendos y otras rentas de capital.

Todo va en pesos del año, sin reajuste adicional en la mayoría de los casos. Si tienes dudas sobre qué documentos reúnen esas cifras, el certificado de retenciones del SII es tu punto de partida.

Paso 2: aplica deducciones y llega a la base imponible

Las deducciones admitidas incluyen cotizaciones de APV (art. 42 bis DL 824), intereses de créditos hipotecarios (art. 55 bis DL 824) y donaciones con franquicia tributaria.

Estas reducen la base antes de aplicar la tabla, no el impuesto resultante. Aplicarlas bien puede moverte a un tramo inferior y reducir significativamente lo que pagas por impuesto global complementario.

Paso 3: aplica la tabla y resta los créditos

La fórmula es: (base imponible × factor del tramo) − cantidad a rebajar = impuesto antes de créditos.

Luego restas el impuesto de segunda categoría ya retenido, el crédito por impuesto de primera categoría y el crédito por APV si aplica.

Ejemplo ilustrativo: un contribuyente con renta bruta global de $18.000.000 anuales (21,96 UTA) cae en el tramo del 4%.

Impuesto antes de créditos: (21,96 × 0,04 − 0,54) × $819.672 = aprox. $277.000. Si el empleador ya retuvo $150.000, la diferencia a pagar es $127.000. Las cifras son ilustrativas.

Para revisar cómo presentar el Formulario 22, te recomendamos nuestra guía de declaración de renta para personas naturales.

¿Qué créditos reducen tu impuesto global complementario?

Los créditos se descuentan del impuesto ya calculado, no de la base. Aquí es donde muchos contribuyentes dejan dinero sobre la mesa por desconocer todo lo que tienen disponible.

El crédito por impuesto de primera categoría funciona como pago a cuenta. El impuesto que pagó tu empresa se imputa contra tu global complementario.

En el régimen 14A el crédito es total. En el régimen 14D Pyme transparente la renta se asigna directamente a los socios.

El crédito por APV (art. 42 bis DL 824) reduce el impuesto final según el monto ahorrado. La rebaja por intereses hipotecarios (art. 55 bis) opera como deducción de base, con tope anual en UF.

También existen créditos por donaciones con franquicia y, cuando aplica un convenio de doble tributación, por impuesto retenido en el extranjero.

Conviene aclarar que confundir deducciones con créditos es el error más frecuente al calcular. Una deducción baja la base; un crédito baja el impuesto ya calculado. El impacto real es muy diferente.

¿Cómo afecta el impuesto global complementario al dueño de una empresa?

Si eres socio o dueño, cada retiro o dividendo que recibes aumenta tu base imponible personal. El régimen tributario de tu sociedad afecta directamente cuánto pagas en abril.

En el régimen 14D Pyme transparente, la renta se asigna a los socios aunque no la hayas retirado. En el régimen 14A, el crédito de primera categoría te devuelve parte del impuesto corporativo ya pagado.

La diferencia entre regímenes puede significar miles de pesos en tu declaración personal de impuesto global complementario.

Desde nuestra experiencia, proyectar el impuesto personal antes del 31 de diciembre permite tomar decisiones: diferir retiros, hacer APV o anticipar pagos.

Quien espera a abril para conocer su deuda no tiene margen de acción.

¿En qué se diferencia del impuesto único de segunda categoría?

El impuesto único de segunda categoría lo retiene el empleador mes a mes sobre tu sueldo. Si solo tienes un empleador y no superas los tramos altos, no necesitas reliquidar en la Operación Renta.

Característica Impuesto único 2ª categoría Impuesto global complementario
Frecuencia Mensual Anual
Quién lo declara El empleador retiene y paga El contribuyente en el F22
Base de cálculo Sueldo mensual de un empleador Total de rentas del año
Cuándo obliga a declarar No obliga al trabajador Cuando renta total supera 13,5 UTA
Casos típicos Empleado con un solo empleador Sueldo más honorarios, dividendos o arriendos

El art. 65 N°3 del DL 824 establece la obligación de declarar cuando la renta total supera 13,5 UTA anuales.

Los casos más comunes son sueldo más honorarios, sueldo más dividendos y sueldo más arriendo. Si tienes sueldo empresarial, revisa cómo tributa el sueldo empresarial antes de calcular tu base.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto global complementario

¿Cuándo se paga el impuesto global complementario?

Se paga durante la Operación Renta de abril de cada año. Si el F22 arroja impuesto a favor del Fisco, debes pagarlo dentro del mismo plazo.

Sin liquidez, puedes solicitar un convenio de pago con la Tesorería General para fraccionar la deuda.

¿Qué pasa si no declaro el global complementario?

Las multas van del 10% al 60% del impuesto adeudado, más un interés penal del 1,5% mensual sobre el saldo insoluto, según el art. 97 N°2 del Código Tributario (DL 830).

El SII detecta omisiones cruzando datos del empleador, la empresa y las boletas de honorarios.

¿Los pensionados pagan impuesto global complementario?

Sus pensiones se suman a cualquier otra renta. Si el total supera el tramo exento de 13,5 UTA, tributan con global complementario.

Un pensionado que además arrienda un inmueble o recibe dividendos tiene alta probabilidad de superar ese umbral.

¿Las personas con solo honorarios deben declarar global complementario?

Sí. Desde el AT 2025, la retención de honorarios llega al 13,75% según el art. 74 N°2 del DL 824 y el calendario de la Ley 21.133.

Esa retención es un anticipo. Al declarar en abril, el SII compara lo retenido con lo que corresponde según la tabla del impuesto global complementario.

El resultado puede ser devolución o diferencia a pagar.

¿Tienes dudas sobre tu declaración? Habla con nuestro equipo

En Los Contadores SpA calculamos el impuesto global complementario de los socios junto con el cierre contable de la empresa.

Proyectamos los retiros, identificamos los créditos disponibles y presentamos el F22 con toda la documentación en orden.

Muchos contribuyentes descubren en ese proceso créditos que no sabían que tenían: APV no aplicado, retenciones de honorarios no imputadas o créditos de primera categoría mal calculados.

Detectar esos errores antes de abril puede significar una devolución en lugar de una deuda.

  • Revisamos tu situación tributaria completa antes de fin de año.
  • Proyectamos el impuesto global complementario con tus rentas reales.
  • Identificamos cada crédito al que tienes derecho según tu régimen.
  • Preparamos y presentamos el Formulario 22 con respaldo completo.

Si quieres revisar tu situación antes de fin de año o necesitas apoyo con tu declaración, habla con un contador sobre tu declaración de renta y cuéntanos tu caso.