Si eres un heredero de una propiedad, informarte de cuánto es el impuesto a la herencia en Chile es vital.
Eso te ayudará a determinar el valor real de tu herencia, ya que debes pagar los impuestos y declararlo ante el SII.
En este artículo, te contamos de cuánto es el impuesto a la herencia en Chile.
Índice
Toggle¿De cuánto es el impuesto a la herencia y sobre qué valor se aplica?
La forma de saber cuánto es el impuesto a la herencia es tomando en cuenta la siguiente tabla arrojada por el SII.
El impuesto se aplica sobre el valor líquido de la asignación según la siguiente escala:
Tramos | Tasa en Unidad Tributaria Anual (UTA) |
De 0 a 80 | 1,0 % |
más de 80 y hasta 160 | 2,5 % |
más de 160 y hasta 320 | 5,0 % |
más de 320 y hasta 480 | 7,5 % |
más de 480 y hasta 640 | 10,0 % |
más de 640 y hasta 800 | 15,0 % |
más de 800 y hasta 1200 | 20,0 % |
más de 1200 | 25,0 % |
El artículo 2 de la Ley N° 16.271 indica que la UTA es la vigente en el momento de la muerte del causante.
Puedes contactar a los contadores en Concepción para un cálculo exacto y declarar los impuestos.
¿Cómo se calcula el valor para aplicar el impuesto a la herencia según la distribución de los herederos?
Al saber de cuánto es el impuesto a la herencia según los tramos, veamos cómo se calcula.
Se determina el valor total de todos los bienes del fallecido a la fecha de su muerte, según lo que menciona la Ley N° 16.271 en sus artículos 46, 46 bis y 47.
El patrimonio neto de una persona que calcula según el tipo de inmueble y la forma de distribución es la siguiente:
- Solo hijos: La masa hereditaria se divide en partes iguales de cada hijo.
- Un hijo y cónyuge: También se divide en partes iguales.
- Más de un hijo y menos de 7 y cónyuge: A los hijos se divide la herencia entre el total de hijos y el cónyuge le corresponde el doble de lo que le toca a cada hijo.
- Más de 7 hijos y cónyuge: Cuarta parte para el cónyuge y el resto se divide entre los hijos.
- Cónyuge y ascendientes: 2/3 para el cónyuge y el resto se divide para todos los ascendientes.
- Solo cónyuge: total de la herencia.
- Solo ascendientes: Se divide entre partes iguales.
- Otros herederos: Se divide entre partes iguales.
Cada uno de los herederos paga el impuesto correspondiente a su parte de la herencia de acuerdo al valor UTM según la fecha de la muerte del causante.
Excepciones de impuestos
Las exenciones de impuestos para los diferentes herederos son:
- Hijo, cónyuge o ascendiente hasta 600 UTM.
- Hermano, colateral en tercer y cuarto grado hasta 60 UTM.
- Otros herederos sin exención de impuestos.
Porcentaje de impuestos con recargo
El 20% se recarga si se trata de colaterales de tercer a cuarto grado y hermanos.
Para otros herederos, el recargo es del 40%.
El recargo no aplica a los hijos, cónyuge o ascendientes. Para hacer el cálculo de IVA preciso, usa la calculadora de IVA gratis.
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