El impuesto de primera categoría baja del 27% al 23%, con consecuencias directas en la contabilidad, los pagos provisionales y la planificación tributaria de tu empresa.
No es un cambio menor: cuatro puntos sobre la base imponible representan miles de pesos que tu empresa deja de entregar al Fisco, capital disponible para reinvertir donde más lo necesitas.
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Toggle¿Qué es el impuesto de primera categoría y por qué cambia la tasa?
El art. 20 del DL 824 establece el impuesto de primera categoría como el tributo sobre rentas del capital y actividades empresariales en Chile.
Lo que cambia no es la tasa, no la estructura base del tributo.
La bajada del 27% al 23% no opera sola: exige ajustar los pagos provisionales mensuales y las provisiones contables.
Mantenerlos al nivel anterior genera diferencias al declarar en abril de 2027 y recargos que se podían prevenir.
Para mayor contexto, revisa nuestro artículo sobre la reforma tributaria en Chile para pymes, donde desglosamos los cambios que afectan a las empresas nacionales.
¿Cómo opera la reducción del impuesto de primera categoría de 27% a 23%?
La tasa del 27% corresponde al régimen semi-integrado del art. 14 A del DL 824, instaurada en 2014 y ratificada por la Ley 21.210 de 2020.
La rebaja lleva la tasa a un 23% fijo sobre la base imponible líquida.
Esos cuatro puntos se aplican sobre la base imponible líquida, no sobre los ingresos brutos. El ahorro efectivo depende del resultado tributario de cada ejercicio, no de la facturación total.
Hay un efecto adicional que pocas veces se menciona: en el régimen semi-integrado, el crédito que socios e inversionistas imputan al Impuesto Global Complementario también baja de forma proporcional con la nueva tasa.
Cuando en contexto tributario se habla de IPC al 23%, no se refiere al Índice de Precios al Consumidor.
Es una abreviatura informal del Impuesto de Primera Categoría con la nueva tasa, y son conceptos completamente distintos.
Régimen semi-integrado vs Pro-Pyme: quién se ve más impactado por el impuesto de primera categoría
Dos regímenes conviven en el sistema tributario chileno y ambos se ven afectados por esta reforma, pero de formas distintas.
Identificar cuál es tu caso define el impacto real que puedes esperar y las acciones que debes tomar.
Régimen semi-integrado Art. 14 A: impacto directo de la baja al 23%
Las empresas en Art. 14 A son las que mayor impacto notan en términos absolutos: pasan del 27% al 23%, cuatro puntos completos sobre la base imponible.
Para una empresa con utilidades significativas, ese delta es material y se refleja de inmediato en el flujo de caja.
El efecto colateral está en el crédito al IGC de los socios: al bajar la tasa corporativa, el crédito imputable contra el impuesto personal también disminuye.
Eso puede elevar la carga efectiva de quienes retiran utilidades con frecuencia, un punto que muchos contadores pasan por alto.
Pro-Pyme general Art. 14 D: convergencia de tasas y efectos secundarios
Las empresas en Pro-Pyme partían de una tasa del 25%, no del 27%. La reforma también las mueve, pero la diferencia que cierran es menor.
Lo relevante es que la tasa impuesto empresas Chile converge entre regímenes, reduciendo la ventaja diferencial del Art. 14 D.
Según estadísticas del SII (Operación Renta 2024), más del 60% de las empresas activas en Chile tributa bajo el Art. 14 D.
La convergencia de tasas tiene alcance masivo sobre la base empresarial nacional y no puede ignorarse al planificar el año tributario.
¿Cuánto ahorra realmente tu empresa con el impuesto de primera categoría?
Calcular el ahorro del impuesto de primera categoría es directo: tomas tu base imponible líquida y aplicas la diferencia de cuatro puntos.
Con $10.000.000 CLP de base imponible, el ahorro anual llega a $400.000 CLP.
Si tu empresa tiene una base de $50.000.000 CLP, el ahorro sube a $2.000.000 CLP anuales.
En una cartera de 100 pymes con esa base, el ahorro tributario agregado supera los $200.000.000 CLP (cálculo propio sobre art. 20 DL 824 y tasa reformada, Ministerio de Hacienda).
Por ello, el PPM mensual (Formulario 29) debe recalcularse para evitar sobredeclarar y acumular un crédito innecesario que distorsiona el flujo de caja mes a mes.
Los $2.000.000 que antes iban al Fisco pueden quedar como capital de trabajo o financiar inversión.
¿Qué debe ajustar tu empresa antes de que rija el impuesto de primera categoría?
Preparar la contabilidad para el impuesto de primera categoría exige estos pasos antes de que entre en vigencia.
Esperar al momento de declarar significa meses de PPM sobredeclarado acumulado, y eso tiene un costo real en liquidez.
- Recalcula el porcentaje del PPM mensual (Formulario 29) para evitar diferencias al declarar en abril de 2027.
- Ajusta las provisiones de impuesto diferido si la empresa aplica IFRS (NIC 12), porque la tasa usada en el cálculo ya no corresponde.
- Revisa los contratos que mencionen la tasa tributaria vigente y actualiza la referencia al nuevo 23%.
- Informa a socios y accionistas el impacto en el crédito imputable al IGC personal, porque el análisis de retiro de utilidades cambia con la nueva tasa.
¿Tu equipo contable ya tiene claro el nuevo porcentaje de PPM? Si genera dudas, conviene revisar antes de que las diferencias se acumulen sin solución.
Nuestro equipo en Los Contadores SpA te ayuda a aprovechar el impuesto de primera categoría
En Los Contadores SpA llevamos más de 15 años trabajando con pymes y grandes empresas en Chile.
Hemos visto cómo cada cambio de tasa genera errores en PPM, provisiones mal calculadas y socios desinformados sobre el impacto real en su carga del IGC personal.
Nuestro equipo analiza el régimen específico de tu empresa y ajusta PPM, provisiones IFRS y contratos para que la nueva tasa opere sin sorpresas.
Los cambios deben hacerse con anticipación: esperar al momento de declarar es el error más caro que hemos visto repetirse en cada ciclo tributario.
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