La postergación de IVA te permite pagar el IVA de un mes hasta dos meses después de su vencimiento normal, sin multas ni intereses penales.
El mecanismo está en el art. 64 bis del DL 825, incorporado por la Ley 21.210 de 2020. No es una condonación: el IVA igual se paga, solo en fecha distinta.
En Los Contadores SpA ofrecemos contabilidad para pymes y gestionamos este trámite cada mes para que no pierdas el beneficio por un descuido administrativo.
Índice
Toggle¿Qué es la postergación de IVA y cuánto tiempo da?
La postergación de IVA es un mecanismo legal que difiere el pago del IVA débito hasta dos meses calendario desde el vencimiento original del F29.
Se posterga el total del IVA del período, no una fracción. El art. 64 bis del DL 825 no contempla postergación parcial bajo ninguna circunstancia.
El SII valida la solicitud en línea y la Tesorería General de la República recibe el pago diferido en la nueva fecha establecida automáticamente por el sistema.
Según el SII, las pymes representan cerca del 98% de las empresas en Chile y son el segmento prioritario de este beneficio introducido por la Ley 21.210.
Durante los dos meses postergados se aplica un reajuste según la variación del IPC. No hay multa ni interés penal si pagas dentro del plazo postergado.
Eso es muy distinto a no pagar: el art. 53 del Código Tributario cobra 1,5% mensual de interés más reajuste IPC sobre cualquier deuda tributaria impaga desde el primer día.
¿Qué requisitos pide el SII para postergar el IVA?
Para acceder a la postergación de IVA debes cumplir cuatro condiciones al momento de declarar el F29. El SII las valida de forma automática en línea, sin trámite adicional.
Requisito de ventas anuales
Tus ingresos anuales del giro no deben superar las 100.000 UF en el año calendario anterior. Este es el umbral pyme que fijó la Ley 21.210 para acceder al beneficio.
Si recién inicias operaciones o llevas menos de un año activo, el SII promedia los meses disponibles. Superar ese tope te excluye del beneficio de forma inmediata.
Requisitos de cumplimiento tributario previo
Debes estar al día en la presentación de declaraciones anteriores, tanto el F29 como el F22. Un período omitido bloquea la postergación sin posibilidad de subsanarlo en el mismo trámite.
No puedes tener deudas tributarias ni previsionales impagas al momento de solicitar la postergación. Si tienes un convenio de pago vigente, el SII evalúa cada caso por separado.
Además, debes estar inscrito para recibir notificaciones electrónicas del SII y ser contribuyente de primera categoría afecto a IVA por ventas o servicios efectivamente realizados.
El error más frecuente en este punto es tener deudas previsionales de trabajadores sin saberlo. Eso bloquea el beneficio aunque tus impuestos estén completamente al día.
¿Cómo pedir la postergación de IVA en el F29?
La solicitud se hace en línea al momento de declarar. No requiere trámite presencial ni resolución especial del SII. El proceso completo son tres pasos concretos y rápidos.
Paso 1: Ingresa al portal del SII
Entra a sii.cl o mipyme.sii.cl con tu RUT y clave tributaria. Asegúrate de ingresar antes del vencimiento para activar la opción de postergación de IVA correctamente.
El plazo ordinario del F29 vence el día 20 del mes siguiente al período declarado. Si ese día cae en festivo o fin de semana, el sistema lo corre al día hábil siguiente.
Paso 2: Identifica la opción de postergación
Al completar el Formulario 29, aparece un campo habilitado para marcar la postergación de IVA. El sistema valida automáticamente si cumples los requisitos en ese momento.
Si la validación falla, el sistema indica el motivo preciso. Lo más común: ventas sobre el tope establecido o una deuda previsional pendiente con algún trabajador.
Paso 3: Confirma y registra el nuevo vencimiento
Cuando la validación es exitosa, el sistema genera un comprobante con la nueva fecha de vencimiento, dos meses después del plazo original del período declarado.
Anota esa fecha en tu contabilidad de inmediato. Hemos visto clientes que olvidan el vencimiento postergado y terminan con una deuda que querían evitar desde el inicio.
¿Qué impuestos no se pueden postergar?
La postergación aplica solo al IVA débito del período. Otros impuestos del F29 quedan fuera del beneficio y deben pagarse en la fecha ordinaria sin excepción alguna.
Los impuestos que no se pueden postergar son:
- Pagos Provisionales Mensuales (PPM): deben enterarse en el plazo ordinario sin excepción.
- Retenciones de honorarios: corresponden a terceros y no admiten aplazamiento bajo ningún motivo.
- Impuesto único de segunda categoría de los trabajadores: se declara y paga el mismo mes sin postergación posible.
- IVA de importaciones liquidado por el Servicio Nacional de Aduanas: tiene su propio régimen independiente.
Aquí es donde muchos se equivocan: creen que postergar IVA significa postergar todo el F29. No es así. Solo el IVA débito propio del período queda diferido.
¿Cuándo se paga el IVA postergado?
El IVA postergado vence exactamente dos meses después del vencimiento original. El comprobante del SII indica la fecha exacta al confirmar la postergación en el sistema.
Por ejemplo: si declaras el IVA de noviembre el 20 de diciembre y postergas, el nuevo vencimiento cae el 20 de febrero del año siguiente sin excepción.
En ese mes de febrero debes pagar el IVA de noviembre más el reajuste por IPC acumulado en esos dos meses. No hay multa si pagas en esa fecha puntualmente.
Un IVA de $1.000.000 postergado dos meses con un IPC hipotético de 0,5% mensual tendría un reajuste aproximado de $10.000. Es una cifra manejable frente al 1,5% mensual de mora.
¿Conviene postergar el IVA?
Depende de tu flujo de caja. En meses de compras fuertes, como noviembre o diciembre, postergar IVA alivia la presión de liquidez sin costo penal significativo.
Tiene una trampa real: en el mes del vencimiento postergado debes pagar dos IVA juntos, el diferido y el nuevo. Si no lo planificas con anticipación, el problema se duplica.
| Factor | Ventaja | Riesgo |
|---|---|---|
| Costo financiero | Solo reajuste IPC (bajo) | Acumulación de dos pagos en un mes |
| Liquidez inmediata | Libera caja en meses de compras altas | No resuelve problemas estructurales de flujo |
| Cumplimiento | Sin multas si se paga en el nuevo plazo | Olvido del vencimiento genera deuda |
| Requisitos | Sin trámite presencial, validación automática | Deuda previsional bloquea el beneficio |
Desde nuestra experiencia, la herramienta funciona bien cuando se usa con planificación. Usarla cada mes sin control de flujo puede generar más presión que alivio real.
Preguntas frecuentes sobre postergación de IVA
Las dudas más habituales que recibimos en Los Contadores SpA giran en torno a la frecuencia de uso y las consecuencias de no pagar en la fecha postergada.
¿Se puede postergar el IVA todos los meses?
La ley no establece un límite de veces al año. Si cumples los requisitos cada período, puedes solicitar la postergación de IVA de forma mensual sin restricción numérica.
Sin embargo, el SII puede revocar el beneficio si detecta incumplimientos posteriores, como una deuda tributaria nueva o una declaración omitida en cualquier período.
¿Qué pasa si no pago en la fecha postergada?
Si no pagas en la nueva fecha, la deuda genera intereses del 1,5% mensual más reajuste IPC desde el día siguiente al vencimiento postergado, según el art. 53 del Código Tributario.
También se expone a multas del art. 97 N°11 del Código Tributario. En ese punto ya no hay diferencia con haber dejado el IVA impago desde el vencimiento original.
¿Puedo postergar si declaro fuera de plazo?
No. La postergación de IVA solo se puede marcar al declarar dentro del plazo ordinario. Si declaras fuera de plazo, la opción no está disponible en el sistema del SII.
Una declaración fuera de plazo genera multas e intereses desde el primer día de atraso, sin posibilidad de acogerse a este beneficio con posterioridad a la presentación tardía.
¿Necesitas ayuda para gestionar la postergación de IVA de tu empresa?
En Los Contadores SpA revisamos cada mes si tu empresa cumple los requisitos para la postergación de IVA y declaramos el F29 dentro del plazo ordinario correspondiente.
Controlamos los vencimientos postergados para que no generen mora. Te avisamos con anticipación cuándo conviene usar el beneficio según tu flujo de caja real.
Nuestro servicio mensual incluye:
- Verificación de requisitos antes de cada declaración de IVA.
- Declaración del F29 dentro del plazo ordinario sin excepciones.
- Control y alerta de vencimientos postergados para evitar mora.
- Análisis de flujo de caja para decidir cuándo conviene postergar.
Si quieres dejar de preocuparte por las fechas y los requisitos del SII, agenda una revisión mensual de tu IVA con nuestro equipo hoy mismo.


